| En el
verano boreal de 2006 en su primera sesión, el nuevo
Consejo de Derechos Humanos de la ONU aprobó en
Ginebra, por aclamación, el proyecto de Convención
sobre Desaparición Forzada de Personas.
A fines de noviembre de este año la Asamblea General
con sede en Nueva York deberá aprobarlo y abrir así el
camino a la firma y ratificación de los primeros 20 países,
para su entrada en vigor.
La APDH ha trabajado desde los orígenes mismos de esta
Convención para alcanzar su adopción. Participó con
una importante Delegación en el mítico Congreso de París
en 1981 cuando se habló por primera vez de la necesidad
de tipificar a la desaparición forzada como un delito
autónomo.
En 1982 FEDEFAM tomó la decisión orgánica de impulsar
una convención, 23 años después estamos frente al
proceso final.
Se agolpan en la memoria tantos hitos!
Parciales y finitos como la propia existencia humana.
Para llegar aquí fue necesario obtener primero una
Declaración, luego un proyecto de convención de la
Subcomisión. Posteriormente, se designó un experto
independiente para que estudiara las lagunas del derecho
internacional y se expidiera sobre la necesidad de una
Convención.
Luego fue necesaria una resolución de la Comisión de
Derechos Humanos que dispusiera la convocatoria a un
grupo abierto intersesional para la redacción de la
Convención.
Desde enero de 2003 hasta septiembre de 2005, en 6 períodos
de sesiones de 15 días cada una y tras arduos debates,
se logró el texto actual.
Evocar a dos personas que hoy ya no están con nosotros
pero que fueron trascendentes en este camino sea, tal
vez, el modo de rendir homenaje a todos y cada uno de
los militantes y activistas de derechos humanos que
lograron que, por fin, los estados asuman su indelegable
responsabilidad en la comisión de tan horrendo crimen.
Uno es el profesor y jurista Alfredo Galleti, quien
participó en la redacción del primer proyecto de
convención elaborado por FEDEFAM.
Alfredo murió en diciembre de 1983 cuando, en los
primeros días de la recuperada democracia argentina,
constatábamos con horror que en lugar de recuperar
desaparecidos con vida, se levantaban tumbas NN en múltiples
cementerios en todo el país.
El otro es Munir, quien fuera Presidente de la Federación
Asiática de Familiares de Desaparecidos.
Munir fue un activo militante de los derechos humanos,
admirable compañero, solidario y tenaz, quien participó
de las reuniones y debates que se generaron en Ginebra
por el trabajo en la redacción de la convención.
Fue asesinado el 7 de septiembre de 2004 en un vuelo de
bandera Indonesia entre Singapur y Ámsterdam.
Ambos son un símbolo de que el logro alcanzado no ha
sido gratuito: no es fácil construir el andamiaje jurídico
internacional que desarticule la impunidad.
A modo de equilibrado balance se mencionan algunos
objetivos que quisieron alcanzarse en esta convención y
finalmente no fueron admitidos.
Se quería una Convención que prohibiera expresamente
los tribunales militares, que estableciera la prohibición
de amnistías en cualquier caso y la no inclusión de
los agentes no estatales. Que estableciera el derecho a
la vedad y a la información sin ninguna limitación y
que no se incluyera la cláusula de revisión de los
mecanismos de control.
Aunque no todo fue alcanzado, estamos serenamente
satisfechos con el logro obtenido, conscientes de que el
instrumento expresa, con sus claroscuros, el estado del
desarrollo actual del derecho internacional de los
derechos humanos y el nivel de conciencia universal.
Así celebramos el reconocimiento del derecho a no ser
desaparecido.
Nos parece fundamental insistir en que la jurisprudencia
que establecerá el futuro mecanismo de control de la
Convención deberá referenciarse en los antecedentes ya
existentes.
En lo que hace a la definición deberá tenerse en
cuenta la Convención Americana sobre Desaparición
Forzada y en especial los 3 elementos que hacen a la
definición del crimen:
1) la privación de la libertad,
2) su comisión por agentes del estado y
3) la negativa a dar información y su consecuencia
sacarlo de la protección de la ley.
La inclusión de los agentes no estatales en el Art. 3,
y no en la definición del crimen, reafirma la posición
de quienes sostenemos la responsabilidad excluyente del
estado como garante de los derechos humanos.
Se celebra la inclusión de la desaparición como un
crimen de lesa humanidad, la reafirmación de los
principios de extradición y de no devolución y que a
los fines de la prescripción se haya reconocido a la
desaparición forzada como un delito permanente y
continuado y para la extradición como un delito no político.
La redacción del Art. 20 ha alcanzado un equilibrio tal
que incorpora el derecho a la intimidad sin alterar en
modo alguno el pleno ejercicio del derecho a la verdad y
a la información.
El Art. 24 incorpora el concepto amplio de víctima
abarcando tanto a la familia como a los allegados.
Celebramos, finalmente, la conformación del Comité
independiente integrado por 10 expertos y,
especialmente, el establecimiento de amplias facultades
para pedir informes, realizar visitas "in
loco", recibir comunicaciones individuales y
realizar acciones urgentes.
Esta convención realiza un aporte trascendente al
futuro desarrollo de los derechos humanos al establecer
que cuando se verifique una practica sistemática y
generalizada el Comité puede informar a la Asamblea
General por intermedio del Secretario General.
El Consejo de Derechos Humanos de la ONU le dedicó por
aclamación la Convención a Marta Vázquez, quien en
una de sus más brillantes intervenciones en los
debates, dirigiéndose a los delegados de los países
allí reunidos y en especial a los representantes de los
estados que eran renuentes en la aprobación dijo:
"Sabemos que esta convención no nos devolverá a
nuestros hijos ni a nuestros nietos, ni servirá para
castigar a los genocidas de ayer.
Muchos delegados se preguntarán entonces ¿Por qué lo
hacemos?
Lo hacemos por la memoria de nuestros desaparecidos y el
futuro de vuestros hijos"
Celebremos pues con serena alegría que hemos dado en
estos días un paso trascendente en el camino a la
LIBERTAD construido sobre la memoria de nuestras luchas
y que muy pronto alcanzaremos la entrada en vigencia de
un nuevo instrumento internacional de derechos humanos.
Horacio Ravenna
Asesor de FEDEFAM
Vicepresidente de Asamblea Permanente por los Derechos
Humanos
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