Catálogo
Quiero recibir novedades por e-mail
Materiales
Mapa virtual de Centros Clandestinos de Detención
Mapas imprimibles
Lugares de detención transitoria y centros clandestinos de detención
Vestigios
Un ensayo de transmisión a través de los objetos
La dictadura en el cine
Catálogo de películas
El caso de los Astilleros ASTARSA
 
Camino al Museo
Acta de formalización del traspaso de la ESMA

"En la ciudad autónoma de Buenos Aires, a los 3 de días del mes de octubre de 2007, comparecen por parte de la Comisión Bipartita - creada por el convenio suscripto entre el Poder Ejecutivo Nacional y el Gobierno de la ciudad autónoma de Buenos Aires con fecha 24 de marzo de 2004-, representada en este acto por el señor ministro de Justicia y Derechos Humanos, Dr. Alberto Juan Iribarne, el señor secretario de Derechos Humanos, Sr. Eduardo Luis Duhalde, y el señor ministro de Derechos Humanos de la ciudad autónoma de Buenos Aires, don Omar Abud, y por otra parte, el Ministerio de Defensa representado por la Dra. Nilda Garré y la Armada Argentina representada por el señor jefe del Estado Mayor General de la Armada, Alte. don Jorge Omar Godoy, en el marco del acta de ejecución de fecha 29 de diciembre de 2005 con el objeto de hacer efectivo el traspaso del predio de la ex Escuela de Mecánica de la Armada y a cuyos fines y efectos se establece:

1º) la Armada Argentina entrega a la Comisión Bipartita y esta acepta de conformidad la totalidad del predio ubicado en la ciudad autónoma de Buenos Aires con frente a la Avda. Libertador, número 8151, 8209, 8305, 8401 y 8461, nomenclatura catastral 616 S29 M110A, donde funcionara la Escuela de Mecánica de la Armada ESMA, con los espacios y edificios en el estado en que se encuentran en cumplimiento de lo establecido en los puntos 2, 3, 4, 5, 6 y 7 del acta complementaria al acta de ejecución del acuerdo suscripto el 24 de marzo de 2004 entre el Estado Nacional y la ciudad autónoma de Buenos Aires de fecha 29 de diciembre de 2005.

2º) a partir de la fecha de entrega, la Armada Argentina cesa toda responsabilidad tanto patrimonial como de control y seguridad sobre el predio definido en el artículo primero quedando relevada de todo gasto que ocasione la propiedad. Los servicios y tasas municipales que afectan el inmueble en su conjunto serán soportados por quienes determine la Comisión Bipartita.

En prueba de conformidad se firman 5 ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fechas indicados ante el escribano general del Gobierno de la ciudad autónoma de Buenos Aires, Carlos Víctor Gaitán."

El lugar de la JUSTICIA

  @